RESICO: ¿Qué pasa si tu cliente supera los $3.5 millones de ingresos?
Guía práctica sobre qué ocurre cuando un contribuyente RESICO excede el límite de ingresos. Cambio de régimen, cálculos y cómo prepararte.
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El límite de RESICO: $3.5 millones de pesos
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas tiene un límite de ingresos de $3,500,000 MXN anuales. Mientras tus clientes se mantengan por debajo de este umbral, disfrutan de tasas fijas de ISR del 1% al 2.5% sobre ingresos facturados — significativamente más bajas que el régimen general.
Pero ¿qué pasa cuando un cliente cruza ese límite? Esta es una de las preguntas más frecuentes entre contadores, y la respuesta tiene implicaciones importantes.
Escenario 1: El cliente supera $3.5M durante el ejercicio
Si durante el ejercicio fiscal 2026 un cliente acumula ingresos que superan los $3.5 millones, debe salir de RESICO y tributar bajo el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a partir del mes siguiente en que se rebase el límite.
Esto significa:
- Los meses anteriores al cambio se calculan con tasas RESICO (1%-2.5%)
- A partir del mes del cambio, se aplican las tablas de ISR del régimen general (hasta 35%)
- Debe actualizar su situación fiscal ante el SAT
- Debe comenzar a llevar contabilidad formal (ingresos - deducciones)
- Las declaraciones mensuales cambian de formato
Escenario 2: Exceso detectado en la declaración anual
Si el SAT detecta que un contribuyente RESICO superó el límite y no actualizó su régimen, puede:
- Reclasificarlo automáticamente al régimen general
- Recalcular el ISR con las tablas generales para todo el ejercicio
- Generar diferencias a cargo con actualizaciones y recargos
- Imponer multas por incumplimiento de obligaciones
Escenario 3: El cliente está cerca del límite
Cuando un cliente se acerca a los $3.5M, tienes opciones como contador:
- Monitorear ingresos en tiempo real — con Tesio puedes ver el acumulado mensual por cliente
- Evaluar si conviene seguir en RESICO — a veces, si el cliente tiene muchas deducciones, el régimen general puede ser más conveniente
- Planear la facturación — no se trata de evadir, sino de tomar decisiones informadas sobre el timing de facturación
- Preparar la migración — tener lista la contabilidad formal por si se necesita el cambio
¿Cómo calcular si conviene RESICO o régimen general?
La regla general es simple:
- RESICO conviene cuando el cliente tiene pocas deducciones (ej: servicios profesionales con gastos mínimos)
- Régimen general conviene cuando el cliente tiene deducciones significativas (renta, nómina, insumos, depreciación)
Ejemplo: Un consultor que factura $3M anuales con gastos de solo $200K paga ~$60K en RESICO (2%) vs ~$700K+ en régimen general. La diferencia es enorme.
Pero un negocio que factura $3M con gastos de $2.2M (utilidad de $800K) pagaría ~$60K en RESICO vs ~$160K en régimen general. RESICO sigue siendo mejor, pero la brecha se reduce.
Cambios RESICO 2026 que debes conocer
- Exención de declaración anual: La mayoría de los contribuyentes RESICO PF ya no están obligados a presentar declaración anual (solo mensual)
- Penalidades más estrictas por CFDIs: El SAT endureció las sanciones por facturación incorrecta
- Fecha de incorporación: Contribuyentes nuevos pueden inscribirse a RESICO hasta el 31 de enero del ejercicio
- Personas morales RESICO: Siguen con la tasa fija del 30% y obligaciones más estrictas de facturación
Cómo Tesio te ayuda con RESICO
Tesio calcula automáticamente las tasas RESICO por cliente, monitorea el acumulado de ingresos y te alerta cuando un cliente se acerca al límite de $3.5M. Si necesitas migrar a un cliente al régimen general, Tesio ajusta los cálculos automáticamente.
Monitorea RESICO de tus clientes automáticamente
Tesio te alerta cuando un cliente se acerca al límite de $3.5M y calcula ISR con tasas RESICO actualizadas.
Empieza gratisPreguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de ingresos en RESICO personas físicas?
$3.5 millones de pesos anuales en ingresos efectivamente cobrados. Aplica al ejercicio fiscal completo. Superarlo en cualquier mes obliga a salir del régimen al inicio del ejercicio fiscal siguiente.
¿Qué pasa si mi cliente supera $3.5M durante el ejercicio?
Termina el ejercicio en RESICO con la tasa correspondiente y al inicio del año siguiente debe migrar al Régimen General de Ley (Actividad Empresarial y Profesional). El SAT detecta el exceso automáticamente vía CFDI emitidos y notifica el cambio obligatorio.
¿Puedo regresar a RESICO después de salir por exceder el límite?
Sí. Si en un ejercicio posterior los ingresos vuelven a estar por debajo de $3.5M, puede solicitar reinscripción a RESICO al inicio del ejercicio. La reinscripción no es automática — requiere actualización de obligaciones en el portal SAT.
¿Cuándo conviene salir voluntariamente de RESICO?
Cuando los ingresos están por encima de los $2.5M y crecen, o cuando la mayoría de los gastos son deducibles (sueldos, inversiones, materia prima). En esos casos el Régimen General permite deducir gastos y puede resultar en ISR efectivo más bajo aunque el cálculo es más complejo.
¿RESICO aplica para personas morales?
Sí, con tope distinto: $35 millones de pesos en ingresos anuales. Las personas morales en RESICO pagan ISR del 30% sobre la utilidad fiscal (no sobre ingresos brutos como personas físicas) y tienen reglas distintas de deducciones.
¿Qué pasa si no aviso al SAT sobre el cambio de régimen?
El SAT detecta automáticamente el exceso y restringe el sello digital (CSD) hasta que el contribuyente regularice obligaciones. Sin CSD no puede emitir CFDIs ni operar fiscalmente. La multa por omitir el aviso de cambio puede llegar a $19,700 (artículo 81 del CFF).