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Fiscal 9 min de lectura ·

RESICO: ¿Qué pasa si tu cliente supera los $3.5 millones de ingresos?

Guía práctica sobre qué ocurre cuando un contribuyente RESICO excede el límite de ingresos. Cambio de régimen, cálculos y cómo prepararte.

Actualizado:

Por Equipo Tesio · Equipo Editorial Fiscal · Tesio

El límite de RESICO: $3.5 millones de pesos

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas tiene un límite de ingresos de $3,500,000 MXN anuales. Mientras tus clientes se mantengan por debajo de este umbral, disfrutan de tasas fijas de ISR del 1% al 2.5% sobre ingresos facturados — significativamente más bajas que el régimen general.

Pero ¿qué pasa cuando un cliente cruza ese límite? Esta es una de las preguntas más frecuentes entre contadores, y la respuesta tiene implicaciones importantes.

Escenario 1: El cliente supera $3.5M durante el ejercicio

Si durante el ejercicio fiscal 2026 un cliente acumula ingresos que superan los $3.5 millones, debe salir de RESICO y tributar bajo el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a partir del mes siguiente en que se rebase el límite.

Esto significa:

  • Los meses anteriores al cambio se calculan con tasas RESICO (1%-2.5%)
  • A partir del mes del cambio, se aplican las tablas de ISR del régimen general (hasta 35%)
  • Debe actualizar su situación fiscal ante el SAT
  • Debe comenzar a llevar contabilidad formal (ingresos - deducciones)
  • Las declaraciones mensuales cambian de formato

Escenario 2: Exceso detectado en la declaración anual

Si el SAT detecta que un contribuyente RESICO superó el límite y no actualizó su régimen, puede:

  • Reclasificarlo automáticamente al régimen general
  • Recalcular el ISR con las tablas generales para todo el ejercicio
  • Generar diferencias a cargo con actualizaciones y recargos
  • Imponer multas por incumplimiento de obligaciones

Escenario 3: El cliente está cerca del límite

Cuando un cliente se acerca a los $3.5M, tienes opciones como contador:

  • Monitorear ingresos en tiempo real — con Tesio puedes ver el acumulado mensual por cliente
  • Evaluar si conviene seguir en RESICO — a veces, si el cliente tiene muchas deducciones, el régimen general puede ser más conveniente
  • Planear la facturación — no se trata de evadir, sino de tomar decisiones informadas sobre el timing de facturación
  • Preparar la migración — tener lista la contabilidad formal por si se necesita el cambio

¿Cómo calcular si conviene RESICO o régimen general?

La regla general es simple:

  • RESICO conviene cuando el cliente tiene pocas deducciones (ej: servicios profesionales con gastos mínimos)
  • Régimen general conviene cuando el cliente tiene deducciones significativas (renta, nómina, insumos, depreciación)

Ejemplo: Un consultor que factura $3M anuales con gastos de solo $200K paga ~$60K en RESICO (2%) vs ~$700K+ en régimen general. La diferencia es enorme.

Pero un negocio que factura $3M con gastos de $2.2M (utilidad de $800K) pagaría ~$60K en RESICO vs ~$160K en régimen general. RESICO sigue siendo mejor, pero la brecha se reduce.

Cambios RESICO 2026 que debes conocer

  • Exención de declaración anual: La mayoría de los contribuyentes RESICO PF ya no están obligados a presentar declaración anual (solo mensual)
  • Penalidades más estrictas por CFDIs: El SAT endureció las sanciones por facturación incorrecta
  • Fecha de incorporación: Contribuyentes nuevos pueden inscribirse a RESICO hasta el 31 de enero del ejercicio
  • Personas morales RESICO: Siguen con la tasa fija del 30% y obligaciones más estrictas de facturación

Cómo Tesio te ayuda con RESICO

Tesio calcula automáticamente las tasas RESICO por cliente, monitorea el acumulado de ingresos y te alerta cuando un cliente se acerca al límite de $3.5M. Si necesitas migrar a un cliente al régimen general, Tesio ajusta los cálculos automáticamente.

Monitorea RESICO de tus clientes automáticamente

Tesio te alerta cuando un cliente se acerca al límite de $3.5M y calcula ISR con tasas RESICO actualizadas.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de ingresos en RESICO personas físicas?

$3.5 millones de pesos anuales en ingresos efectivamente cobrados. Aplica al ejercicio fiscal completo. Superarlo en cualquier mes obliga a salir del régimen al inicio del ejercicio fiscal siguiente.

¿Qué pasa si mi cliente supera $3.5M durante el ejercicio?

Termina el ejercicio en RESICO con la tasa correspondiente y al inicio del año siguiente debe migrar al Régimen General de Ley (Actividad Empresarial y Profesional). El SAT detecta el exceso automáticamente vía CFDI emitidos y notifica el cambio obligatorio.

¿Puedo regresar a RESICO después de salir por exceder el límite?

Sí. Si en un ejercicio posterior los ingresos vuelven a estar por debajo de $3.5M, puede solicitar reinscripción a RESICO al inicio del ejercicio. La reinscripción no es automática — requiere actualización de obligaciones en el portal SAT.

¿Cuándo conviene salir voluntariamente de RESICO?

Cuando los ingresos están por encima de los $2.5M y crecen, o cuando la mayoría de los gastos son deducibles (sueldos, inversiones, materia prima). En esos casos el Régimen General permite deducir gastos y puede resultar en ISR efectivo más bajo aunque el cálculo es más complejo.

¿RESICO aplica para personas morales?

Sí, con tope distinto: $35 millones de pesos en ingresos anuales. Las personas morales en RESICO pagan ISR del 30% sobre la utilidad fiscal (no sobre ingresos brutos como personas físicas) y tienen reglas distintas de deducciones.

¿Qué pasa si no aviso al SAT sobre el cambio de régimen?

El SAT detecta automáticamente el exceso y restringe el sello digital (CSD) hasta que el contribuyente regularice obligaciones. Sin CSD no puede emitir CFDIs ni operar fiscalmente. La multa por omitir el aviso de cambio puede llegar a $19,700 (artículo 81 del CFF).

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