Depósitos no identificados y discrepancia fiscal: cómo el SAT detecta y cómo Tesio te alerta antes
Plan Maestro SAT 2026: cómo el SAT presume ingresos por depósitos no identificados, los procedimientos de discrepancia fiscal del artículo 91 LISR y 59 fracción III CFF, y cómo conciliar bancos vs CFDIs antes de la auditoría.
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El criterio que más cartas invitación dispara en 2026
Los depósitos no identificados son uno de los rubros que el Plan Maestro SAT 2026 establece explícitamente como objeto de criterios uniformes nacionales — junto con materialidad y mercadotecnia. La razón es simple: el SAT tiene acceso completo a la información bancaria del contribuyente y puede cruzarla automáticamente contra los CFDIs emitidos y las declaraciones presentadas. Cualquier delta sin justificación documental se vuelve presunción de ingreso omitido.
Para personas físicas opera bajo el régimen de discrepancia fiscal del artículo 91 de la LISR: si los gastos efectuados (incluidos depósitos) exceden los ingresos declarados, el SAT determina la diferencia como ingreso omitido. Para personas morales aplica el artículo 59 fracción III del CFF: depósitos bancarios no registrados en contabilidad se presumen ingresos.
Cómo el SAT detecta depósitos no identificados
El proceso es matemático y automatizado:
- Recepción de información bancaria: las instituciones financieras reportan al SAT depósitos en efectivo mayores a $15,000 MXN mensuales (artículo 55 LISR), declaraciones anuales detalladas y movimientos relevantes.
- Cruce con CFDIs emitidos: el SAT suma los CFDIs emitidos por el contribuyente con su complemento de pago y compara contra los depósitos bancarios.
- Cruce con declaraciones presentadas: ingresos declarados en pago provisional ISR y declaración mensual IVA vs depósitos efectivamente recibidos.
- Identificación de delta: cualquier depósito sin contraparte en CFDI o declaración se marca como "no identificado".
- Aplicación del umbral: si el delta supera ~5-10% de los ingresos declarados o un monto absoluto, se dispara carta invitación o auditoría electrónica.
Ejemplo: cómo se ve una discrepancia detectable
Cliente PF AFAE, 2025. Ingresos declarados $1,800,000. Total de depósitos en cuentas bancarias del contribuyente reportadas por el banco al SAT: $2,150,000. CFDIs emitidos por el contribuyente sumados: $1,800,000.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Depósitos totales reportados por bancos | $2,150,000 |
| Ingresos declarados (CFDIs emitidos cobrados) | $1,800,000 |
| Delta sin identificar | $350,000 |
| % sobre ingresos declarados | 19.4% |
Un delta del 19% es un disparador prácticamente automático. El SAT emite carta invitación: "se detectaron depósitos por $350,000 que no fueron acumulados como ingresos en el ejercicio. Aclare la procedencia o presente declaración complementaria". Si no hay justificación documental, se vuelve ingreso omitido.
Justificaciones legítimas de depósitos no identificados
Estos son los casos legítimos donde un depósito puede no ser ingreso:
- Préstamos recibidos: con contrato firmado, fecha cierta, transferencia de origen identificable y plan de pago. Idealmente con cláusula de intereses si supera ciertos montos.
- Traspaso entre cuentas propias: del mismo contribuyente, mismo RFC. Hay que documentarlo con el estado de cuenta de la cuenta origen.
- Reembolsos de gastos: previamente pagados por el contribuyente y reembolsados por un tercero. Requiere comprobante del gasto original y documentación del reembolso.
- Recuperación de inversiones: vencimiento de pagaré, plazo fijo, inversión en valores con CFDI o estado de cuenta.
- Herencia, donación o premio: con escritura pública, declaración informativa donde aplique, o documentación oficial.
- Enajenación de bienes muebles o inmuebles: con escritura, factura o contrato de compraventa.
- Préstamo con partes relacionadas: requiere estudio de precios de transferencia y tasa de mercado.
Casos típicos de PFAEs y PMs donde se dispara
- Cobros en efectivo no facturados: el cliente paga al contado, se deposita en banco pero no se emite CFDI. Es la causa #1 de discrepancia.
- Pagos por aplicaciones: depósitos vía SPEI desde Mercado Pago, OXXO Pay, CoDi, sin que se concilie cada uno con un CFDI.
- Préstamos familiares no documentados: muy común en PF — los $200,000 que prestó el papá vienen como "depósito" sin contrato.
- Consolidación de cuentas: el contribuyente abre cuenta en otro banco y traspasa fondos, pero no documenta el traspaso.
- Devoluciones del SAT: el SAT devuelve IVA o ISR pero el contribuyente no concilia el depósito en su contabilidad.
Cómo Tesio previene este criterio
- Conciliación bancaria continua: cruza los CFDIs emitidos contra los movimientos bancarios cargados (vía conexión segura o cargas manuales periódicas).
- Detección de depósitos sin CFDI asociado: marca cada depósito que no se puede vincular con un CFDI emitido o un concepto justificado.
- Patrones de riesgo: alerta sobre depósitos en efectivo recurrentes, transferencias de RFCs no identificados, montos redondos atípicos.
- Proyección de discrepancia anual: calcula al cierre del ejercicio el delta proyectado entre depósitos reportados y CFDIs emitidos.
- Sugerencias de regularización: cuando se detecta delta, sugiere las acciones (CFDI complementario, contrato de préstamo a documentar, complementaria preventiva) para evitar carta invitación.
Plan de acción para un despacho
- Solicita estados de cuenta del último año a cada cliente activo — todas las cuentas, no solo las principales.
- Concilia mes a mes los depósitos contra CFDIs emitidos y otros conceptos.
- Documenta justificaciones legítimas: contratos de préstamo, escrituras de compraventa, comprobantes de traspaso entre cuentas propias.
- Cuando hay delta sin justificación, presenta complementaria preventiva acumulando el ingreso. Es 10x más barato que esperar carta invitación con multa.
- Implementa proceso de cobranza con CFDI obligatorio: sin CFDI emitido, no hay depósito. Es la única forma sustentable de prevenir discrepancia fiscal.
Relación con otros criterios
- Discrepancias CFDI vs declaración — el cruce automático del SAT que detona la presunción de ingreso.
- Tasa efectiva — ingresos omitidos detectados elevan la tasa efectiva del contribuyente y desactivan ese criterio, pero suelen activar revisión.
- Retenciones de nómina e ISR — los depósitos en cuentas de empleados a veces son indicios de pagos en efectivo no timbrados.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es un depósito no identificado para el SAT?
Es cualquier depósito en cuenta bancaria del contribuyente que no se puede vincular con un ingreso declarado, un CFDI emitido o una operación documentada. Bajo el Plan Maestro 2026, estos depósitos se presumen como ingresos omitidos: para personas físicas se aplica el procedimiento de discrepancia fiscal del artículo 91 de la LISR y para personas morales el ingreso presunto del artículo 59 fracción III del CFF.
¿De dónde obtiene el SAT la información bancaria?
Las instituciones financieras están obligadas a reportar al SAT los depósitos en efectivo mayores a $15,000 MXN mensuales (artículo 55 LISR), reportes anuales detallados de cuentas, e información sobre ingresos por intereses. Adicionalmente, el SAT cruza los CFDI nómina con depósitos para detectar inconsistencias entre lo timbrado y lo realmente cobrado.
¿Cuál es la diferencia entre discrepancia fiscal PF y PM?
Para personas físicas (artículo 91 LISR), la discrepancia fiscal se actualiza cuando los gastos efectuados exceden los ingresos declarados — incluye no solo depósitos, sino tarjetas, viajes, propiedades adquiridas. Para personas morales (artículo 59 fracción III CFF), opera como presunción de ingresos cuando los depósitos bancarios exceden lo declarado, sin necesidad de demostrar el gasto.
¿Qué documentación justifica un depósito no identificado?
Las justificaciones aceptadas son: (a) préstamo de un tercero con contrato firmado y depósito rastreable, (b) traspaso entre cuentas propias del mismo contribuyente, (c) reembolso de gastos previamente erogados, (d) recuperación de inversiones, (e) herencia o donación con escritura pública, (f) ingresos por enajenación de bienes documentada. Sin documentación, el depósito se presume ingreso.
¿Cuáles son las multas por discrepancia fiscal?
Para PF, la discrepancia se considera ingreso omitido y se grava al ISR según el régimen aplicable, con multa del 55% al 75% (art. 76 CFF) más recargos y actualización. Si se demuestra que hubo ocultamiento doloso, puede activarse el tipo penal de defraudación fiscal (art. 108 CFF) con prisión de 3 meses a 9 años según el monto.
¿Cómo me protege Tesio contra este criterio?
Tesio compara los CFDIs emitidos contra los movimientos bancarios cargados (vía conexión segura o cargas manuales) y detecta depósitos sin CFDI asociado. Adicionalmente alerta sobre patrones de riesgo: depósitos en efectivo recurrentes, transferencias de RFCs no identificados, depósitos en cuentas distintas a la registrada con el SAT.