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Plan Maestro SAT 2026 11 min de lectura ·

Operaciones con factureras (EFOS) y nomineras: cómo el SAT detecta y cómo Tesio te alerta antes

Plan Maestro SAT 2026: cómo el SAT detecta operaciones con factureras (EFOS) y nomineras, qué procedimientos dispara la Lista 69-B presunta y definitiva, y cómo automatizar el monitoreo de proveedores en tu despacho.

Actualizado:

Por Equipo Tesio · Equipo Editorial Fiscal · Tesio

El criterio número uno del Plan Maestro 2026

Si hay un criterio que define la postura agresiva del SAT en 2026, es el combate a las factureras (EFOS) y nomineras. El Comunicado 06/2026 lo establece como uno de los tres ejes estratégicos del Plan, con tres acciones operativas:

  • Visita domiciliaria inmediata a presuntos EFOS, sin pasos previos.
  • Suspensión de sellos digitales desde el inicio del procedimiento — el EFOS no puede facturar más.
  • Denuncia penal bajo los nuevos tipos penales de defraudación fiscal calificada.

El alcance va más allá del facturero mismo: todos los receptores de sus CFDIs (clientes finales, los EDOS) entran al radar del SAT, con efectos retroactivos sobre las deducciones tomadas.

Cómo el SAT detecta a una facturera

El SAT dispone de un modelo de riesgo automatizado que cruza información de varias fuentes:

  1. Inconsistencia operativa: empresa con altos montos facturados, pero nómina baja o nula, sin activos fijos declarados, sin domicilio verificable.
  2. Patrones atípicos en CFDIs: facturación masiva en plazos cortos, montos similares con descripciones genéricas, concentración en pocos clientes.
  3. Cruce con bases de datos externas: IMSS (¿hay empleados?), INFONAVIT, Secretaría de Economía, CFE (¿paga energía consistente con la operación declarada?).
  4. Visitas no localizadas: domicilio fiscal cerrado o el contribuyente no se encuentra en el lugar declarado.
  5. Patrón geográfico–temporal: aparición de muchas empresas con el mismo domicilio fiscal o dado de alta en fechas próximas.

Cuando dos o más de estos indicadores coinciden, el SAT inicia el procedimiento del artículo 69-B del CFF, publica al contribuyente en Lista 69-B presunta y abre el plazo de 15 días hábiles para que aporte pruebas que demuestren la materialidad de sus operaciones.

Las nomineras: el primo cercano de las factureras

Las nomineras operan con un esquema distinto pero igual de simulado: una persona física o moral asume formalmente la relación laboral con trabajadores que en realidad prestan servicios a un tercero (el cliente final). El esquema permite al cliente:

  • Deducir el costo total como "servicios profesionales" o "subcontratación", sin las restricciones de la nómina propia.
  • Eliminar PTU, cuotas IMSS, INFONAVIT y reservas laborales.
  • Acreditar IVA al 16% donde no debería haber IVA acreditable.

Bajo la reforma de subcontratación de 2021 (artículo 15-A LFT), la única subcontratación permitida es la de servicios especializados con registro REPSE. Bajo el Plan Maestro 2026, el SAT verifica activamente que las operaciones marcadas como subcontratación cumplan con: registro REPSE vigente, especialización real, documentación del servicio especializado, e inscripción en IMSS de los trabajadores asignados.

Señales de riesgo que activa este criterio

Bajo el modelo de riesgo del Plan Maestro 2026, estas son las señales que activan automáticamente el criterio para un cliente de tu despacho:

  • Tiene proveedores en Lista 69-B presunta o definitiva (riesgo crítico).
  • Concentra más del 20% del gasto deducible en un solo proveedor de servicios profesionales.
  • Recibe CFDIs por servicios con descripciones genéricas (asesoría, consultoría) y montos repetidos mes a mes.
  • Su proveedor de nómina o subcontratación no aparece en padrón REPSE vigente.
  • Paga en efectivo importes mayores a $2,000 MXN — no son deducibles ni demuestran materialidad.
  • El proveedor está en régimen RESICO pero factura volúmenes inconsistentes con ese régimen (más de $3.5 millones anuales).

Ejemplo numérico: el costo real de un solo CFDI de EFOS

Cliente PFAE, recibió un CFDI de $300,000 (subtotal) por "servicios profesionales" de un proveedor que cae en Lista 69-B definitiva en 2026. La operación se realizó en 2025. Estos son los efectos:

Concepto Cálculo Importe
CFDI deducidoSubtotal$300,000
ISR omitido35% sobre $300,000$105,000
IVA acreditado revertido16% sobre $300,000$48,000
Multa55%-75% del crédito (Art. 76 CFF)$84,150 - $114,750
Recargos + actualización~12-18 meses$22,000 - $35,000
Costo fiscal totalaprox.$259,000 - $302,000

Es decir: tu cliente termina pagando casi el monto completo del CFDI en impuestos, multas y recargos — además del pago original que ya hizo. Y eso por un solo CFDI. Si concentró varios proveedores que caen en 69-B, el efecto se multiplica.

Cómo Tesio previene este criterio

Tesio fue diseñado específicamente para prevenir este criterio. Esto es lo que hace de manera continua y automática para cada cliente del despacho:

  • Cruce continuo con Lista 69-B presunta y definitiva en cada nuevo CFDI descargado del SAT. El cruce es a nivel RFC del emisor — si está en la lista, alerta inmediata.
  • Alerta el mismo día de publicación del SAT con monto en riesgo, número de CFDIs afectados y cliente impactado.
  • Detección de patrones de nominera: proveedores con concentración alta, montos atípicos para el régimen, descripciones genéricas en CFDIs.
  • Verificación REPSE para proveedores de subcontratación, contra el padrón vigente de la STPS.
  • Risk score por cliente que pondera la exposición a EFOS contra el total de gasto deducible.
  • Recomendaciones IA: sustituir proveedor, defender la operación con documentación, presentar complementaria preventiva.

Plan de acción si un proveedor cae en Lista 69-B presunta

  1. Detén nuevas operaciones con el proveedor inmediatamente.
  2. Reúne documentación de materialidad de las operaciones pasadas con ese proveedor: contratos, entregables, pagos vía banco, correos, opinión de cumplimiento del proveedor a la fecha de la operación.
  3. Si tu cliente puede defender la materialidad, prepara escrito al SAT presentando la documentación dentro del plazo del propio procedimiento del 69-B (que el SAT le permita al EFOS desvirtuar).
  4. Si no se puede defender, evalúa presentar declaración complementaria preventiva eliminando la deducción y pagando ISR/IVA con recargos pero sin multas (autorregularización).
  5. Documenta el proceso: fecha de detección, evidencia de buena fe, comunicación con el cliente. Es la base de la defensa si más adelante hay revisión.

Cómo se relaciona con otros criterios del Plan Maestro

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Preguntas frecuentes

¿Qué es una facturera (EFOS) bajo el Plan Maestro 2026?

Una EFOS (Empresa que Factura Operaciones Simuladas) es la persona física o moral que el SAT presume — bajo el procedimiento del artículo 69-B del CFF — que emite CFDIs sin tener infraestructura, personal o capacidad operativa para prestar los servicios o vender los bienes amparados. Bajo el Plan Maestro 2026, el SAT realiza visitas domiciliarias inmediatas y suspende los sellos digitales desde el inicio del procedimiento.

¿Qué es una nominera y por qué está en el Plan Maestro?

Una nominera es una entidad que recibe el pago de nómina de personas que en realidad prestan servicios a un tercero, simulando una relación laboral inexistente. El esquema busca deducir nómina y reducir cuotas IMSS sin sustancia real. Bajo el Plan Maestro 2026, las nomineras se equiparan a EFOS para efectos de fiscalización.

¿Cómo sé si un proveedor está en Lista 69-B presunta?

El SAT publica el listado actualizado en su portal oficial (sección Lista 69-B). El listado se actualiza varias veces al mes. Para revisarlo manualmente hay que descargar el archivo CSV, cruzar contra el RFC de cada proveedor y verificar fecha de inclusión. Para un despacho con varios clientes esto es inviable — Tesio lo cruza automáticamente en cada CFDI descargado.

¿Cuál es el efecto fiscal si mi cliente recibió CFDIs de un EFOS?

En lista presunta tu cliente tiene 30 días hábiles tras la publicación definitiva para corregir su situación fiscal: presentar declaraciones complementarias eliminando las deducciones e ISR/IVA acreditados, y pagar las contribuciones omitidas con recargos y actualización. Si no corrige, el SAT determina el crédito fiscal con multas del 55% al 75% del monto original.

¿Puedo defender la deducción si tengo documentación de soporte?

Sí. Si la operación realmente ocurrió y existe documentación de materialidad (contratos firmados con fecha cierta, entregables, pagos rastreables vía banco, comunicaciones, capacidad operativa del proveedor al momento de la operación), se puede aportar la documentación al procedimiento del 69-B en los 15 días hábiles para desvirtuar la presunción.

¿Qué pasa si un proveedor pasa a 69-B definitiva después de la operación?

La inclusión en lista definitiva tiene efectos retroactivos: TODOS los CFDIs emitidos por el EFOS pierden efecto fiscal, incluyendo los emitidos antes de su inclusión. Por eso es crítico monitorear continuamente la lista y tener documentación blindada de cada operación con proveedores grandes.

¿Tesio monitorea Lista 69-B y nomineras en tiempo real?

Sí. Tesio cruza cada CFDI descargado contra la Lista 69-B presunta y definitiva actualizada del SAT, alerta el mismo día que aparece un proveedor de tus clientes y calcula el monto en riesgo automáticamente. Para detectar nomineras adicionalmente revisa patrones de nómina anormales (proveedor único, ratio nómina/ingresos atípico, RESICO con nómina alta).