Plataformas digitales SAT 2026: Guía completa de obligaciones fiscales
Todo sobre las nuevas retenciones de ISR e IVA para vendedores y prestadores de servicios en plataformas digitales en México. Uber, Rappi, Amazon, Mercado Libre y más.
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Respuesta corta: El régimen de plataformas tecnológicas SAT 2026 establece una retención única de ISR del 2.5% y de IVA del 8% (con RFC) o 16% (sin RFC) sobre todas las operaciones realizadas por personas físicas en Uber, Rappi, DiDi, Amazon, Mercado Libre, Airbnb y similares. Las retenciones son pagos definitivos cuando los ingresos anuales son menores a $300,000 MXN, y a partir del 1 de abril de 2026 el SAT recibe en tiempo real la información operativa de las plataformas.
¿En qué consiste el régimen de plataformas digitales del SAT en 2026?
El régimen de plataformas tecnológicas grava los ingresos que personas físicas obtienen al ofrecer bienes o servicios a través de aplicaciones digitales como Uber, DiDi, Rappi, Amazon, Mercado Libre o Airbnb. La plataforma actúa como retenedor del SAT y entera ISR e IVA por cada operación. En 2026 cambian dos elementos clave: la retención de ISR se unifica en una tasa única y, a partir del 1 de abril, el SAT obtiene acceso en tiempo real a la información operativa de las plataformas.
Esta guía cubre todo lo que un contador necesita saber para mantener a sus clientes en cumplimiento — y cómo Tesio automatiza gran parte del proceso.
¿Qué se considera una plataforma tecnológica para efectos del SAT?
Para el SAT, una plataforma tecnológica es toda aplicación o sitio web que funciona como intermediario entre quienes ofrecen bienes o servicios y quienes los adquieren, cobrando una contraprestación o comisión por la operación. La definición incluye plataformas de transporte, entrega de alimentos, hospedaje, comercio electrónico, servicios profesionales y monetización de contenido digital cuando los ingresos se generan en territorio mexicano.
Categorías y ejemplos:
- Transporte: Uber, DiDi, InDriver, Cabify
- Entrega de alimentos: Rappi, Uber Eats, DiDi Food
- Hospedaje: Airbnb, Booking, Vrbo
- Comercio electrónico: Amazon, Mercado Libre, Shopify
- Servicios profesionales: Fiverr, Upwork, Workana
- Contenido digital: YouTube, TikTok, Twitch (cuando generan ingresos en México)
¿Cuál es la tasa de retención de ISR para plataformas digitales en 2026?
En 2026 la Ley de Ingresos de la Federación establece una tasa única de retención de ISR del 2.5% aplicable a todas las operaciones realizadas a través de plataformas digitales por personas físicas. Esta tasa sustituye al esquema anterior de tasas diferenciadas por sector (transporte 2.1%, hospedaje 4%, enajenación de bienes 1%) y simplifica el cálculo, aunque puede representar un incremento para vendedores en marketplaces que antes tributaban al 1%.
Comparativo de tasas vigentes 2026 vs anteriores:
| Concepto | Tasa ISR | Aplica a |
|---|---|---|
| Retención única LIF 2026 | 2.5% | Todas las operaciones gravadas |
| Transporte terrestre | 2.1% (anterior) | Uber, DiDi, Cabify |
| Hospedaje | 4% (anterior) | Airbnb, Booking |
| Enajenación de bienes | 1% (anterior) | Amazon, Mercado Libre |
La tasa única del 2.5% simplifica el cálculo pero puede representar un aumento para quienes antes tributaban al 1% (vendedores en marketplaces). Para conductores de Uber/DiDi, el cambio es marginal (de 2.1% a 2.5%).
¿Cuánto IVA retiene la plataforma con y sin RFC?
La plataforma retiene 8% de IVA cuando el contribuyente tiene RFC activo registrado en la app (equivalente al 50% del IVA al consumidor) y 16% de IVA cuando no tiene RFC registrado (equivalente al 100% del IVA). Esta diferencia hace que tener el RFC activo y registrado en cada plataforma sea una decisión con impacto financiero directo: en $10,000 mensuales, no tener RFC cuesta $800 adicionales de IVA cada mes.
| Situación fiscal | Retención IVA | Equivale a |
|---|---|---|
| Con RFC | 8% | 50% del IVA (16%) |
| Sin RFC | 16% | 100% del IVA |
Esto significa que si tu cliente no tiene RFC, la plataforma le retiene el 100% del IVA. Es crítico que todos los contribuyentes que operan en plataformas tengan su RFC activo y actualizado.
¿Qué facultades de vigilancia obtiene el SAT sobre plataformas digitales en abril 2026?
A partir del 1 de abril de 2026 el SAT obtiene tres facultades nuevas sobre las plataformas digitales que operan en México: acceso en línea y en tiempo real a la información operativa de las transacciones mexicanas, visitas de verificación documentadas con video, y la posibilidad de suspender temporalmente el servicio de plataformas que incumplan obligaciones de retención o información. Esto eleva significativamente el riesgo de fiscalización para quienes operan sin estar en regla.
Facultades específicas:
- Exigir acceso en línea y en tiempo real a la información operativa de las plataformas sobre transacciones mexicanas
- Realizar visitas de verificación con video — nueva facultad que permite al SAT documentar visitas domiciliarias
- Suspender temporalmente el servicio ("kill switch") de plataformas que incumplan con obligaciones de retención o información
¿Qué obligaciones fiscales tiene un contribuyente que opera en plataformas digitales?
El contribuyente que genera ingresos por plataformas digitales debe estar inscrito en el RFC bajo el régimen de plataformas tecnológicas, mantener buzón tributario activo, presentar declaraciones mensuales antes del día 17, conservar las constancias de retención emitidas por las plataformas, emitir CFDIs por los ingresos no canalizados a través de la plataforma, y elegir entre pagos definitivos o provisionales según su nivel de ingresos anual.
Lista completa de obligaciones:
- Inscripción al RFC en el régimen de plataformas tecnológicas (si aún no lo tiene)
- Activar buzón tributario y mantener datos de contacto actualizados
- Declaraciones mensuales — presentar ISR e IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente
- Conservar constancias de retención emitidas por las plataformas
- Emitir CFDIs por los ingresos que no pasen a través de la plataforma
- Optar por pagos definitivos (si los ingresos anuales no exceden $300,000 MXN) o provisionales
Pagos definitivos vs provisionales
Si tu cliente gana menos de $300,000 MXN anuales exclusivamente por plataformas, puede optar porque las retenciones sean pagos definitivos. Esto significa que no necesita presentar declaración anual por esos ingresos. Si gana más, las retenciones son pagos provisionales a cuenta del ISR anual.
¿Cuáles son los errores más comunes en plataformas digitales que debes evitar?
Los errores recurrentes en plataformas digitales son cinco: no registrar el RFC en la app (provoca retención del 100% del IVA), mezclar ingresos de plataformas con otros regímenes sin clasificación correcta, no considerar las retenciones como pagos provisionales al calcular el ISR anual, omitir la DIOT (las operaciones con plataformas también se reportan), y no conservar las constancias de retención emitidas por la plataforma, que son el comprobante ante el SAT.
- No registrar el RFC en la plataforma: Resulta en retención del 100% del IVA en lugar del 50%
- Mezclar ingresos de plataformas con otros regímenes sin la correcta clasificación
- No considerar las retenciones como pagos provisionales al calcular el ISR anual
- Omitir la DIOT — las operaciones con plataformas también deben reportarse
- No guardar las constancias de retención que emite la plataforma (son tu comprobante ante el SAT)
¿Cómo automatiza Tesio el régimen de plataformas digitales para contadores?
Tesio automatiza el régimen de plataformas digitales en cuatro frentes: descarga directa de constancias de retención de ISR e IVA, conciliación entre las retenciones de la plataforma y los CFDIs del SAT, cálculo automático del régimen aplicable (definitivo o provisional) según el nivel de ingresos, y presentación de la declaración mensual considerando las retenciones ya realizadas. Adicionalmente, alerta cuando un cliente se aproxima al umbral de $300,000 MXN anuales.
Funciones específicas:
- Descarga automática de constancias: Importa las retenciones de ISR e IVA directamente
- Conciliación inteligente: Cruza las retenciones de la plataforma con los CFDIs del SAT
- Cálculo automático: Determina si las retenciones son definitivas o provisionales según el nivel de ingresos
- Declaración mensual: Genera y presenta ISR e IVA considerando las retenciones ya realizadas
- Alertas de cumplimiento: Notifica si un cliente se acerca al límite de $300,000 para pagos definitivos
Fuentes oficiales y artículos relacionados
Marco normativo aplicable: Ley del Impuesto sobre la Renta — Capítulo II, Sección III "De los ingresos por enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas", y portal del SAT.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera una plataforma digital para el SAT?
Aplicaciones o sitios web que funcionan como intermediarios entre quienes ofrecen bienes/servicios y quienes los adquieren. Incluye transporte (Uber, DiDi, InDriver), entrega (Rappi, Uber Eats), hospedaje (Airbnb, Booking), comercio electrónico (Amazon, Mercado Libre) y servicios profesionales (Fiverr, Upwork).
¿Cuánto retiene una plataforma digital de ISR e IVA en 2026?
Para 2026, la LIF establece tasa única de ISR del 2.5% para todas las operaciones. El IVA depende del RFC: 8% si el contribuyente está registrado en la plataforma, 16% si no. Tener RFC registrado ahorra la mitad del IVA retenido.
¿Las retenciones de la plataforma son pagos definitivos?
Si los ingresos exclusivamente por plataformas son menores a $300,000 anuales, las retenciones son definitivas y no se presenta declaración anual. Si superan ese límite o hay otros ingresos, son pagos provisionales y se calcula el ISR real al final del año pudiendo deducir gastos.
¿Cuándo se presenta la declaración mensual?
Antes del día 17 del mes siguiente al que se reportan los ingresos. Aplica tanto si los pagos son definitivos (declaración informativa) como provisionales.
¿Qué cambia con la vigilancia del SAT en abril 2026?
A partir del 1 de abril de 2026 el SAT tiene acceso en tiempo real a la información operativa de las plataformas, viendo ingresos generados, retenciones aplicadas y cumplimiento de declaraciones. No declarar deja de ser viable.
¿Puedo deducir gastos en plataformas digitales?
Solo si optaste por pagos provisionales (ingresos mayores a $300,000/año). Pueden deducirse gasolina pagada con tarjeta o transferencia, mantenimiento del vehículo, seguro proporcional al uso, plan de datos del celular y depreciación del vehículo hasta $175,000. Todos los gastos requieren CFDI a nombre del contribuyente.
¿Qué pasa si trabajo en varias plataformas a la vez?
Cada plataforma retiene por separado. En la declaración mensual se suman los ingresos de todas y se restan las retenciones totales. El límite de $300,000 para pagos definitivos aplica a la suma de todas las plataformas, no a cada una individualmente.