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Guía 10 min de lectura ·

Declarar impuestos Uber, Rappi y DiDi 2026: guía SAT

Cómo declarar al SAT si trabajas en Uber, Rappi o DiDi: retenciones ISR/IVA con y sin RFC, deducciones permitidas y declaración mensual.

Actualizado:

Por Equipo Tesio · Equipo Editorial Fiscal · Tesio

Respuesta corta: Si trabajas en Uber, Rappi, DiDi u otra plataforma digital en México, perteneces al régimen de plataformas tecnológicas del SAT. Con RFC registrado en la app, la plataforma retiene 2.1% de ISR sobre tus ingresos brutos y 8% de IVA; sin RFC las retenciones suben a 20% de ISR y 16% de IVA. Si tus ingresos anuales no superan $300,000 MXN y presentas el aviso al SAT, puedes optar por que las retenciones sean tu impuesto definitivo: sin declaración mensual por lo retenido ni declaración anual. Si no ejerces esa opción, presentas declaración mensual antes del día 17 de cada mes.

¿Tienes que pagar impuestos si trabajas en Uber, Rappi o DiDi?

Sí. Quien genera ingresos como conductor de Uber, DiDi o inDrive, repartidor de Rappi o Uber Eats, o vendedor en Amazon o Mercado Libre, es contribuyente del régimen de plataformas tecnológicas ante el SAT. Las plataformas ya retienen impuestos en cada operación, pero el contribuyente sigue siendo responsable de mantener su RFC activo y, cuando sus pagos son provisionales, de presentar la declaración mensual.

Esta guía te explica todo en lenguaje simple — sin tecnicismos innecesarios.

¿Cómo obtengo mi RFC para trabajar en Uber, Rappi o DiDi?

El RFC se tramita en línea en el portal del SAT (sat.gob.mx) eligiendo el régimen "Ingresos a través de plataformas tecnológicas", completando los datos personales y descargando la Constancia de Situación Fiscal. Después se registra el RFC dentro de la app de la plataforma. Sin RFC, la plataforma retiene 20% de ISR en lugar de 2.1% y 16% de IVA en lugar de 8%: la retención total se multiplica por más de tres.

Pasos detallados:

  • Entra al portal del SAT → Inscripción al RFC
  • Selecciona el régimen de "Ingresos a través de plataformas tecnológicas"
  • Completa tus datos y genera tu Constancia de Situación Fiscal
  • Registra tu RFC en la app (Uber, Rappi, etc.)

¿Cuánto retienen Uber, Rappi y DiDi de ISR e IVA en 2026?

En 2026, para transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes, la plataforma retiene 2.1% de ISR sobre el ingreso bruto de cada viaje o entrega y 8% de IVA cuando el conductor o repartidor tiene RFC registrado en la app (artículo 113-A de la LISR). Sin RFC registrado, la retención sube a 20% de ISR y al 16% de IVA — la totalidad del impuesto. Registrar el RFC en la plataforma es, por mucho, la decisión con mayor impacto en tu bolsillo.

Impuesto Con RFC Sin RFC
ISR2.1%20%
IVA8%16%

Ejemplo práctico: Si ganas $10,000 en un mes con Uber y tienes RFC, te retienen $210 de ISR (2.1%) + $800 de IVA (8%) = $1,010 total. Sin RFC serían $2,000 de ISR (20%) + $1,600 de IVA (16%) = $3,600. Tener RFC te ahorra $2,590 al mes.

¿Mis retenciones son pagos definitivos o provisionales?

Por defecto las retenciones son pagos provisionales: van a cuenta del ISR del ejercicio, presentas declaración mensual y al cierre calculas el impuesto real con deducciones. Puedes optar por que sean pagos definitivos — el impuesto final, sin declaración anual — si tus ingresos anuales no superan $300,000 MXN (exclusivamente por plataformas, o sumando además sueldos e intereses) y presentas el aviso al SAT conforme a la ficha de trámite 5/PLT dentro de los 30 días siguientes al primer ingreso. La opción es irrevocable durante 5 años (artículo 113-B de la LISR).

  • Pagos definitivos (opcional, con aviso): Con ingresos de hasta $300,000 al año ($25,000/mes promedio), lo que la app te retiene es tu impuesto final. No presentas declaración mensual por lo retenido ni declaración anual. Más simple, pero sin deducciones y con permanencia mínima de 5 años en la opción.
  • Pagos provisionales (esquema por defecto): Si ganas más de $300,000, tienes otros ingresos distintos de sueldos e intereses, o simplemente no presentaste el aviso, las retenciones son "a cuenta" y al final del año calculas tu ISR real. Puedes deducir gastos (gasolina, mantenimiento, celular).

¿Cuándo y cómo presento mi declaración mensual ante el SAT?

La declaración mensual del régimen de plataformas tecnológicas se presenta en el portal del SAT antes del día 17 del mes siguiente al periodo declarado y aplica cuando las retenciones son pagos provisionales. En ella se reportan los ingresos del mes, las retenciones aplicadas por la plataforma y el ISR e IVA a pagar (cuando existe diferencia) o saldo a favor. Quien optó por pagos definitivos no presenta declaración mensual por los ingresos que la plataforma ya retuvo; solo declara los cobros recibidos directamente de los usuarios, por ejemplo en efectivo.

Lo que se reporta cada mes:

  • Tus ingresos del mes
  • Las retenciones que te hizo la plataforma
  • El ISR e IVA a pagar (si hay diferencia) o a favor

¿Qué es la constancia de retención y dónde la descargo?

La constancia de retención es el CFDI de retenciones e información de pagos que la plataforma emite cada mes a nombre del conductor o repartidor. Es el comprobante oficial ante el SAT de que ya se retuvieron ISR e IVA y debe conservarse al menos 5 años. En Uber se descarga desde la sección "Facturación fiscal" de la app; en Rappi y DiDi revisa la sección fiscal o de facturación del portal de socios de cada plataforma.

¿Puedo deducir gastos como conductor o repartidor?

Solo cuando las retenciones son pagos provisionales — es decir, cuando no optaste por pagos definitivos. Bajo ese esquema, en la declaración anual son deducibles los gastos relacionados con la actividad siempre que estén respaldados con CFDI a nombre y RFC del contribuyente y, cuando aplique, pagados con tarjeta o transferencia. En pagos definitivos no proceden deducciones porque las retenciones ya son el impuesto final.

Conceptos deducibles bajo pagos provisionales:

  • Gasolina: Solo si pagas con tarjeta o transferencia (no efectivo)
  • Mantenimiento del vehículo: Afinación, llantas, aceite
  • Seguro del auto: La parte proporcional al uso para la plataforma
  • Teléfono celular: Plan de datos utilizado para la app
  • Depreciación del vehículo: Hasta $175,000 de deducción de inversión

Todos los gastos deben estar respaldados por un CFDI (factura) a tu nombre y RFC.

¿Qué pasa si trabajo en varias plataformas a la vez?

Cuando un contribuyente trabaja simultáneamente en Uber y Rappi, o en cualquier combinación de plataformas, cada plataforma retiene por separado conforme a sus propios CFDI. En la declaración mensual (cuando los pagos son provisionales) se suman los ingresos de todas las plataformas y se restan las retenciones totales del periodo. El umbral de $300,000 MXN anuales para optar por pagos definitivos aplica a la suma de todas las plataformas, no a cada una individualmente.

¿Qué cambia con la vigilancia del SAT a partir de abril 2026?

A partir del 1 de abril de 2026 el SAT obtiene acceso en tiempo real a la información operativa de las plataformas digitales: ingresos generados por cada RFC, retenciones aplicadas y cumplimiento de declaraciones. Esto permite al SAT cruzar de forma automática lo declarado por el contribuyente contra lo reportado por la plataforma, por lo que no presentar declaración mensual deja de ser una opción operativamente viable.

¿Cuáles son las fechas clave del calendario fiscal para conductores y repartidores?

Las fechas clave del régimen de plataformas tecnológicas en 2026 son el día 17 de cada mes para la declaración mensual de ISR e IVA (pagos provisionales), los 30 días siguientes al primer ingreso para presentar el aviso de pagos definitivos cuando decidas ejercer esa opción (ficha de trámite 5/PLT), y abril para la declaración anual cuando los pagos son provisionales. Si el día 17 cae en sábado, domingo o inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil.

  • Día 17 de cada mes: Fecha límite para la declaración mensual de ISR e IVA (pagos provisionales)
  • Dentro de los 30 días siguientes a tu primer ingreso: Aviso al SAT si optas por pagos definitivos (ficha 5/PLT)
  • Abril: Declaración anual (solo si estás en pagos provisionales)

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Fuentes oficiales

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar impuestos si trabajo en Uber, Rappi o DiDi?

Sí. El SAT considera a quien genera ingresos vía plataformas como contribuyente del régimen de plataformas tecnológicas y las plataformas retienen ISR e IVA automáticamente. Si estás en pagos provisionales (el esquema por defecto), además presentas declaración mensual antes del día 17 de cada mes. Si optaste por pagos definitivos, lo retenido es tu impuesto final y solo declaras los cobros que recibes directamente de los usuarios, como pagos en efectivo.

¿Cuánto retiene Uber, Rappi o DiDi de ISR e IVA?

Para 2026, en transporte de pasajeros y entrega de bienes: 2.1% de ISR sobre el ingreso bruto e IVA de 8%, siempre que tengas RFC registrado en la plataforma. Por ejemplo, en $10,000/mes con RFC: $210 de ISR + $800 de IVA = $1,010 retenidos. Sin RFC la retención sube a 20% de ISR y 16% de IVA: $2,000 + $1,600 = $3,600.

¿Puedo deducir gastos como conductor o repartidor?

Solo si tus retenciones son pagos provisionales, es decir, si no optaste por pagos definitivos. En ese caso, en la declaración anual puedes deducir gasolina pagada con tarjeta o transferencia, mantenimiento del vehículo, seguro proporcional al uso, plan de datos del celular y depreciación del vehículo hasta $175,000. Cada gasto debe respaldarse con CFDI a tu nombre.

¿Qué pasa si trabajo en varias plataformas al mismo tiempo?

Cada plataforma retiene por separado. Si presentas declaración mensual (pagos provisionales), sumas los ingresos de Uber, Rappi y DiDi y restas las retenciones totales. El límite de $300,000 para optar por pagos definitivos aplica a la suma de los ingresos de todas las plataformas.

¿Qué pasa si no me registro con RFC?

La plataforma te retiene 20% de ISR (en lugar de 2.1%) y 16% de IVA (en lugar de 8%). En $10,000 mensuales te retienen $3,600 en lugar de $1,010 — pierdes $2,590 extra cada mes, más de $31,000 al año por no registrar tu RFC.

¿Cuándo debo declarar la anual si trabajo en plataformas?

Solo si optaste por pagos provisionales. Se presenta en abril del año siguiente. Si elegiste pagos definitivos, no hay declaración anual — las retenciones mensuales son tu impuesto final.

¿Qué cambia a partir del 1 de abril de 2026?

El SAT obtiene acceso en tiempo real a la información operativa de plataformas: ingresos generados, retenciones aplicadas y cumplimiento de declaraciones. La omisión deja de ser viable porque el SAT cruzará automáticamente lo declarado contra lo reportado por las plataformas.

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